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Ver la Versión Completa : Sobre los derechos en las fotos...



Ritxi
03/12/2011, 17:10
Tanto hacer fotos de personas, como reproducirlas, aunque sea en un lugar público, se considera una intromisión en la intimidad de las personas, salvo en los siguientes casos:
a. Que la persona te autorice.
b. Que la imagen tenga un interés histórico, científico o cultural.
c. Que se trate de un personaje público en un lugar público (famosos).
d. Que se trate de la foto de un suceso público y la persona aparezca de forma accesoria (vamos, que pasaba por allí, pero el centro de interés de la foto no es la persona).

- Si, además, la foto se usa con fines comerciales (se saca dinero de la foto), la intromisión se considera aún mayor.

- Y si la persona aparece en la imagen en una situación "poco decorosa", de forma que se pueda dañar su honor o su dignidad (desnudos, practicando cualquier tipo de "actos íntimos"... ), la gravedad de la intromisión es aún mayor.

- En cuanto a los menores:
a. Pueden autorizar la imagen ellos mismos si se les considera lo suficientemente maduros (muy relativo ésto, pero es lo que dice la Ley). En caso contrario, se necesita autorización de sus tutores legales (por eso los colegios piden esas autorizaciones y previenen malentendidos).
b. Se les aplica lo mismo que a los adultos, salvo que si se dañan sus intereses puede entrar de oficio el Ministerio Fiscal, sin necesidad de que exista una denuncia por parte del interesado (incluso aunque los padres hubiesen dado su permiso.



Lo más que suele ocurrir en estos casos es que, si la persona no quiere salir en la foto, ejerza su derecho y obligue al fotógrafo a eliminarla, sin más.
Salvo la obligación de retirar la foto, no suelen existir sanciones económicas, salvo en los casos en los que la foto se usase con fin comercial, o que la imagen atente contra la dignidad de la persona.


Pegaso R.

Prendes
03/12/2011, 18:42
Pues ninguna de las veces que aparecí en fotos en periódicos se cumplía alguno de los 4 puntos jaja

MagNity
03/12/2011, 19:23
En el mundo del espectáculo y del audiovisuals siempre intentamos cubrirnos las espaldas...
para los que tengais posibilidad de trabajar en teatros y por lo tanto de cobrar la entrada, se puede poner en la misma entrada, una clausula donde los organizadores tienen derecho a tomar video e imagenes del evento así como el pleno derecho sobre estas y que al comprar la entrada y entrar en el espectáculo aceptas.
en el caso de bodas y bautizos, más de lo mismo, almenos como fotografo tengo pleno derecho para mi propia publicidad sobre las fotos y lo firman los novios (o quien organice) y bajo su responsabilidad si algun invitado no lo aceptase. eso si, nunca para vender (para eso habría que ponerse de acuerdo con ellos).
Por último comentar que en estos casos, siempre que hay propia publicidad (no vendes la foto) la ley nos ampara y está permitido, ya que son ellos quienes estan viendo nuestro show, es nuestro show lo que importa (ahí está la trampa...xDDD) pero no está de más poner siempre la clausula, porque sino nos podemos meter en lios.
yo, aún teniendo la clausula, a veces me han pedido que retire alguna foto (normalmente porque la foto la consideran tan original que no quieren que otra pareja de novios se copie,... jejeje... si la gente viera lo que se repite!!!).