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  1. #11
    Fecha de Ingreso
    23 may, 06
    Ubicación
    Madrid
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    1,186

    Predeterminado

    Cita Iniciado por letang
    Si serigrafías sobre las dos caras de la moneda la palabra "FACSÍMIL" a al menos el 75% del tamaño de la moneda... quizá puedas hacerlo... JAJAJAJA
    La palabra es ESPÉCIMEN (curioso, verdad). Es la palabra que debe figurar en las reproducciones por lo menos de papel moneda.

    Esto es para papel moneda:
    Para cualquier tipo de reproducción puedes dirigirte al Banco de España donde tienen un servicio para esto y te dan un dictamen y creo que una especie de certificado.

    Para monedas no sé si será igual y claro, para monedas que no son las propias, ni idea. Pero a lo mejor te pueden informar. ¿Quién trabajaba en el Banco de España? Me suena que había alguien por aquí.
    Magia no sé si habrá, pero crustáceos, moluscos bivalvos, empanada y polvo, seguro.
    Quedada informal galego/gaiteira en agosto

  2. #12
    Fecha de Ingreso
    19 feb, 07
    Ubicación
    Barcelona
    Mensajes
    11

    Predeterminado

    Hola, ayer estuve en una feria de muestras en Barcelona precisamente de este tipo de maquinaria y no pude dejar de pensar en lo "fácil" que sería hacer monedas de cualquier tipo, color, tamaño, etc. Pero una de los primeros inconvenientes que se me paso por la cabeza fue eso mismo los permisos legales para duplicar una moneda legal. A no ser que fueras el creador de un tipo de moneda ¡¡ magic coin !! diseño exclusivo para los magos con una chistera en 3D

  3. #13
    Fecha de Ingreso
    11 ene, 06
    Ubicación
    La Coruña
    Edad
    41
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    3,065

    Predeterminado

    Y digo yo: para estas cosas no sería mejor ir directamente a la fuente? Preguntar en una comisaría, o en el Banco de españa más proximo, solo lleva tiempo (y mucho, al menos aquí :twisted: ), y supongo que algo te podrán decir sobre el tema.

    De todas formas, habiendolas a la venta por ahí, creo que lo mejor es hacerlas y callar. No creo que la poli tenga tiempo de andar de paseo por fiestas y banquetes, no son la SGAE.
    "Cuanto más se es consciente del trabajo necesario para alcanzar un cierto nivel, menos probable es que uno asuma que el conocimiento deba compartirse así como así, y que piense que todos los que forman parte del mundo de la magia son iguales."

  4. #14
    Fecha de Ingreso
    24 abr, 05
    Ubicación
    Madrid
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    697

    Predeterminado

    Shark, para reproducir monedas es necesaria la autorización previa de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

    Como consejo, yo no me metería en eso. Una cosa es comprar las monedillas de turno (lo hacemos todos los magos) y otra fabricarlas, aunque sean unas pocas. Yo me limitaría a comprarlas en algún comercio y nada más.

    Supongo que Johnson, Sasco y otras marcas que fabrican este tipo de monedas para la magia son empresas cuyo objeto social es ése y habrán pedido las preceptivas autorizaciones.

    En el caso de Tango, que es la empresa que fabrica todas las variaciones mágicas de las monedas de euro, supongo que también lo hará dentro de la legalidad y seguro que los requisitos que le exigen son muy grandes.

    Para consultar la normativa en vigor española es necesario acudir a la normativa comunitaria y para ello lo mejor es navegar por la web del Banco de España. Os dejo enlaces para profundizar en el tema:

    La lucha contra la falsificación

    Normas de reproducción de monedas en euros

    Adjunto un archivo con el reglamento comunitario.

  5. #15
    Fecha de Ingreso
    18 sep, 06
    Ubicación
    donostia
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    75

    Predeterminado

    No vas a tener problemas legales. Es ilegal. Sí. Pero descargarte una peli del emule tambien es ilegal y lo hacemos todos, y no te pilla nadie. Si tu objetivo no es hacer negocio con ellas, sino, usarlas para tu uno o regalarla a algun amgigo, no vas a tener ningun problema. Esque pensando seriamente, es imposible que te pillen.

  6. #16
    Fecha de Ingreso
    13 sep, 06
    Ubicación
    Santander
    Mensajes
    106

    Predeterminado

    Yo creo que podrias hacerlo con cualquier moneda que no sea de curso legal como por ejemplo las monedas de medio dolar de tiendamagia porque es ilegal vender monedas de curso legal por internet y las de tiendamagia como las venden supongo que no sean de curso legal asi que creo que podrias hacerlo, o tambien creo que podrias con monedas de medio dolar (o cualquier otro valor excepto euros probablemente) compradas en tiendas de coleccionismo de monedas.
    Asi que no creo que tengas problema...
    (Una cascarilla de medio dolar por la información no?) :roll:
    La magestuosidad de la ignorancia

  7. #17
    Fecha de Ingreso
    30 nov, 04
    Ubicación
    Marsella (Francia)
    Edad
    78
    Mensajes
    20

    Predeterminado

    Hola a todos
    Es indudable que reproducir pizas es ilegal,
    pero aqui se esta hablando de cascarilla,lo que
    en terminos claros no es una moneda oficial,por lo cual
    no creo que tengas problemas con las leyes.
    Un saludo
    Ramon

  8. #18
    Fecha de Ingreso
    05 ene, 05
    Ubicación
    Madrid 645510298
    Mensajes
    66

    Predeterminado

    Te equivocas, Ramon Alfonso. Hacer media moneda falsa tambien es un delito (lo puedes leer en las leyes que han puesto antes).

    1 abrazo
    Héctor de Pedro

  9. #19
    Fecha de Ingreso
    10 jul, 05
    Ubicación
    BCN...
    Mensajes
    1,361

    Predeterminado

    Se nos va la lengua :P

    Shark, si partes de un modelo 3D, sin estropear ninguna moneda, y además la moneda no es 'normal', no te vale para pagar, no creo que tengas ningun problema... hay muchos parques de atracciones y demás que utilizan su propia 'moneda' para pagar en él, las compras en la taquilla y solo puedes usar esas monedas dentro del parque, algo parecido a los dolares cubanos xD y no creo que necesiten permisos especiales.

    Otra cosa, en Francia, en Eurodisney en concreto, hay unas maquinas que echas 5 centimos, giras una manivela y hay un sistema de engranajes que deforma la moneda y te hace una especie de grabado en ella. Yo tengo una de un King Kong subido a la torre Eiffell... pero creo que deberian avisar en la maquina que es ilegal, yo no lo sabia :(

  10. #20
    Fecha de Ingreso
    05 ene, 05
    Ubicación
    Madrid 645510298
    Mensajes
    66

    Predeterminado

    Corto y pego el art 9 de la ley 10/1975:

    Artículo 9.
    1. Tendrá la consideración de infracción administrativa la reproducción con fines
    publicitarios de monedas que tengan o puedan tener curso legal y monedas
    conmemorativas, especiales o de colección, sin autorización de la Dirección General del
    Tesoro y Política Financiera.
    2. Tendrá la consideración de infracción administrativa la reproducción con fines
    comerciales o de venta de monedas que hayan tenido, tengan o puedan tener curso legal y
    monedas conmemorativas, especiales o de colección, sin autorización de la Dirección
    General del Tesoro y Política Financiera.
    3. Tendrá la consideración de infracción administrativa la emisión, fabricación,
    almacenamiento, comercialización, importación y distribución, sin autorización de la
    Dirección General del Tesoro y Política Financiera, de medallas, medallones, fichas y
    objetos monetiformes, o que los contengan, conmemorativas con un valor facial o monetario
    específico, utilizando a tales fines los signos o símbolos de:
    a) La Unión Europea, en particular la inscripción "euro" o "euro cent", el símbolo euro o
    similar combinado con una indicación del valor nominal, o un diseño idéntico o similar, en
    todo o en parte, al que aparece en la cara común ola cara nacional de las monedas de euro
    o aquella que se fije oficialmente para la acuñación de tales monedas en el futuro.
    b) La Corona.
    c) Las Administraciones públicas o los Organismos públicos vinculados o dependientes de
    las mismas.
    d) La marca de Ceca.
    e) Las demás instituciones del Estado sin la autorización previa de la institución titular
    corres-pondiente.
    Cuatro. Tendrá la consideración de infracción administrativa cualquier alteración o
    modificación de las características físicas de las monedas de curso legal, sin autorización
    de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para su empleo como soporte de
    publicidad o para cualquier otro fin distinto al previsto en la norma de emisión.
    (Modificado por L 62/2003)
    5. También tendrá la consideración de infracción administrativa la realización de actividades
    descritas en los apartados 1, 2, 3 y 4 con incumplimiento de las condiciones impuestas por
    la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
    (Añadido por L 62/2003)

 

 

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