Es un tema complicado como todo en este país por desgracia. Todos tenéis razón en parte, hay bastante jurisprudencia que apoya que si no se llega a unos ingresos mínimos y la actividad no es habitual no es obligatoria el alta de autónomo. El problema es que la administración en estos casos actúa como un rodillo, seguramente porque si no lo hicieran la mitad de autónomos se darían de baja, aquí siempre queremos tener todo pero pagar por nada. Si un inspector llegase en el momento de la actuación le va a dar igual lo que le digáis, o os va a meter como trabajador del sitio donde actuáis o os va a poner como autónomo retroactivamente como mínimo un año, todo claro con recargo y seguramente sanción.
Luego después de dejarse la pasta en un contencioso administrativo y vivir un año y pico amargado seguramente a la mayoría le darán la razón...
Es cierto que hay otras formas como las cooperativas de facturación, o que el promotor de la actuación os asegure por media hora o lo que sea, pero todas tienen su complicación. La única manera segura es con alta de autónomo, alta de iae, y seguro de responsabilidad civil.